Consorcio Automotor JAUJA

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Consorcio Automotor JAUJA Consorcio de Empresas de Transporte de Personas Nacional, Regional y Local. Carga y fletes.

13/10/2022
18/08/2021
Land Tours
18/08/2021

Land Tours

20/03/2021
24/02/2021

La Superintendencia de Transportes Terrestre, Carga y Mercancías (Sutran) indicó que los Certificados de Inspección Técnica Vehicular (CITV), cuyos vencimientos sean entre el 15 de marzo del 2020 y el 31 de marzo de 2021, se mantendrán vigentes hasta el 30 de abril del 2021.

Dicha medida medida aplica a las unidades habilitadas para prestar servicio de transporte de personas, carga y mercancías, de acuerdo con la Resolución directoral N.° 003-2021-MTC/18 publicada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

El CITV constituye un requisito obligatorio tanto para la circulación como para la prestación del servicio de transporte de personas en el ámbito nacional, traslado de materiales y residuos peligrosos, así como el transporte de mercancías.

Cabe mencionar que prestar el servicio de transporte de personas o mercancías sin contar con este certificado es un incumplimiento grave al D.S N.° 017-2009-MTC que se sanciona con la suspensión de la autorización para prestar el servicio de transporte terrestre por 90 días.

13/11/2020

URGENTE
Se reciben unidades vehiculares Jauja-Huancayo Jauja-La Oroya
Jauja-Tarma Jauja-Lima
Ingreso libre informes 937444993

19/07/2020

El ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) modificó ayer el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, con el fin de establecer sanciones por incumplimientos en servicio de transporte terrestre. Los choferes que trabajen brindando este servicio deberán hacer portando su mascarilla y protector facial.

Entre las sanciones estipuladas en el Decreto Supremo 016-2020-MTC publicada en las normas extraordinarias del Diario Oficial El Peruano, figuran: la retención de la licencia de conducir, la cual genera la suspensión de la habilitación del conductor por el tiempo que ésta dure.

La licencia de conducir retenida es devuelta transcurridos los tres días hábiles contados a partir del día siguiente de presentada la declaración jurada. Para los conductores que conduzcan vehículos no habilitados o prestando servicio diferente al autorizado, se devuelve la licencia de conducir transcurridos los sesenta días calendario.

Para los conductores que, por segunda vez, incurren en cualquiera de los supuestos previstos en el primer párrafo del presente numeral, se devuelve la licencia de conducir transcurridos los treinta días calendario, a excepción de los conductores descritos en el párrafo anterior, a quienes se les devolverá la licencia de conducir transcurridos los 120 días calendario.

En este sentido, el MTC les recuerda a los choferes del servicio de transporte terrestre: utilizar la mascarilla y el protector facial, según corresponda, durante la conducción de un vehículo del servicio de transporte, de acuerdo con lo dispuesto en los lineamientos sectoriales para la prevención del Covid-19 en la prestación del servicio de transporte terrestre.

Asimismo, el transporte público deberá operar con el aforo del vehículo establecido, transportando únicamente usuarios sentados como máximo en un número igual al número de asientos señalados en la Tarjeta de Identificación Vehicular, y no permitiendo en ningún caso el transporte de usuarios de pie.
Por ello, no se podrá utilizar los asientos señalizados o que no puedan ser empleados en el vehículo.

Los usuarios durante el servicio estarán obligados a usar mascarilla y protector facial, igual que el conductor del vehículo.

👁 ¿Quién será el encargado de fiscalizar esta nueva disposición?

👉La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran)
👉La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU)
👉Los Gobiernos Regionales.
👉Los Gobiernos Locales.
En el marco de sus competencias, serán los encargados de realizar la fiscalización del cumplimiento del presente Decreto.

17/07/2020

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicará una norma que regulará la circulación interprovincial de vehículos particulares, a fin de restringir el transporte informal de pasajeros y evitar el contagio del covid-19 por este medio, adelantó el ministro del sector, Carlos Estremadoyro.

Explicó que la medida busca diferenciar los viajes que realizan los miembros de una misma familia en su vehículo particular de aquellas unidades que transportan a personas de manera informal y sin respetar los protocolos sanitarios.

“El transporte informal no cumple ningún protocolo; los choferes salen de muchas ciudades entre regiones y dentro de la misma región y a veces a distancias que no son recomendables, con un solo piloto. Eso se vuelve peligroso”, subrayó Estremadoyro en declaraciones a Latina.

Explicó que la norma contemplará, por ejemplo, la exigencia del documento de identidad de todos los pasajeros de un vehículo particular a fin de determinar que todos son miembros de una misma familia.

“En el DNI aparece el nombre de los padres, eso permitirá saber que viajan familiares. De lo contrario, vamos a tener el transporte informal que invadirá las pistas y hará que crezcan los casos de coronavirus”, aseveró.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) elaboró el protocolo sanitario de transporte terrestre de ámbito nac...
12/07/2020

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) elaboró el protocolo sanitario de transporte terrestre de ámbito nacional y regional para el reinicio de las operaciones, en coordinación con el Ministerio de Salud, que se publicó en el diario El Peruano, después de que fuera suspendido hace más de tres meses por la emergencia sanitaria.
¡Atención! Los usuarios y la tripulación deben utilizar mascarillas y protectores faciales. Además, tienen que respetar el aforo según el número de asientos señalados en sus tarjetas de identificación vehicular.
Es decir, el transportista podrá utilizar el 100% de los asientos, siempre y cuando implemente una cortina de polietileno u otro material análogo que contribuya al aislamiento. De lo contrario, solo se podrá utilizar los sitios que se encuentren contiguos a la ventana. No está permitido viajar de pie. Así lo establece la Resolución Ministerial N°0386-2020-MTC/01.
Para evitar aglomeraciones, deberán acudir al terminal solo las personas que realizarán el viaje.
Los pasajeros también deberán presentar una declaración jurada de salud para poder abordar los buses de transporte, en la que aseguren no estar infectados con el coronavirus.
Ojo: Los viajes estarán permitidos a todas las regiones, excepto a aquellas donde rige la cuarentena debido al alto índice de contagio del coronavirus: Se trata de Áncash, Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín y Madre de Dios.

OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS TRANSPORTISTAS:

Limpiar y desinfectar las unidades vehiculares, antes y después de la jornada.
Controlar la temperatura a los usuarios antes de emprender el viaje.
Implementar cortina de polietileno o material análogo para aislamiento entre los asientos de la unidad.
Solicitar al usuario, declaraciones juradas sobre: no presentación de síntomas COVID-19.
Colocar una división que aísle al conductor en caso que no cuente con una cabina.

OBLIGACIONES DEL CONDUCTOR:

Utilizar mascarilla en buen estado de conservación y limpieza.
Verificar el cumplimiento del aforo (solo usuarios sentados, no permitiendo que se transporten de pie).
Comunicar de inmediato al transportista y a las autoridades sanitarias en el supuesto que un usuario presente sintomatología COVID-19.
Contar en todo momento con alcohol, paños de limpieza y desinfectantes de superficie.

24/06/2020

Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones JUNIN
Comunica que ya iniciaron trámites de duplicado de licencias de conducir Puedes acercarte a la DRTC-Junín para realizar el trámite debes

DRTC  Recuerda a los conductores el segundo cronograma de entrega de licencias de las diferentes categorias.
22/06/2020

DRTC Recuerda a los conductores el segundo cronograma de entrega de licencias de las diferentes categorias.

06/06/2020
06/06/2020

MTC anuncia fecha de reinicio del transporte interprovincial de pasajeros
Viajes interprovinciales se podrían reanudar en la tercera fase de reactivación económica.

El ministro de Transportes y Comunicaciones, Carlos Lozada, afirmó hoy que la reanudación del servicio transporte interprovincial de pasajeros se efectuaría en la Fase 3 de la reactivación económica. Es decir, en el mes de julio, los peruanos podrían realizar viajes interprovincial. Por ahora, el servicio interprovincial de pasajeros sigue suspendido en el país.

“Lo que hemos permitido es (que los transportistas interprovinciales brinden) un servicio extraordinario, para un servicio de transporte privado para las empresas que estén activadas en la fase 2, como las constructoras y de comercio”, indicó.

Al respecto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones informó que las empresas de transporte interprovincial de pasajeros están autorizadas a realizar el transporte especial a trabajadores de empresas (públicas y privadas) en una misma zona o de un departamento a otro.

Tras recordar que el servicio de transporte interprovincial de pasajeros está prohibido mientras dure la inmovilización social obligatoria (cuarentena) dispuesta por la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional, el MTC resaltó que esta disposición es una de las medidas alternativas dictadas para reactivar a escala nacional y progresivamente a este grupo de transportistas.

Empresas de transportes debe cumplir con los protocolos para brindar el servicio. Foto: Terminal Terrestre Cajamarca.
El MTC precisó que esta autorización de trasladar a trabajadores de empresas incluye también a los transportistas que brindan los servicios turísticos y escolar.


Los requisitos
Para acogerse al régimen excepcional, los transportistas deben presentar ante la autoridad de transporte competente (Municipalidad provincial, gobierno regional o MTC, según corresponda) un documento informando su voluntad de acogerse al régimen excepcional.

Solo podrán prestar este servicio los vehículos habilitados de las categorías M2 y M3 (vehículo que tiene más de ocho asientos), hasta que los sectores correspondientes levanten la suspensión de estos servicios de transporte.

Las autoridades competentes de transporte (Sutran, los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao) fiscalizan el citado servicio de trabajadores en el ámbito de sus competencias.

29/05/2020

Consorcio
Automotor Jauja
anuncia el inicio de sus operaciones post pandemia.

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