04/08/2017
RECORDATORIO
"LIQUIDOS EN EQUIPAJE"
Líquidos en el equipaje de mano
Con el objetivo de protegerte frente a la amenaza de los explosivos líquidos, la Unión Europea (UE) ha adoptado medidas de seguridad que limitan la cantidad de líquidos o sustancias de consistencia similar que los pasajeros pueden llevar consigo cuando pasan los controles de seguridad de los aeropuertos.
A efectos de estas medidas, se consideran líquidos:
Agua y otras bebidas, sopas, jarabes.
Cremas, pastas (incluida la pasta de dientes), lociones y aceites.
Perfumes.
Gel, como por ejemplo, gel de ducha o champú.
Contenidos de contenedores presurizados, incluidos espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes.
Aerosoles.
Cualquier otra sustancia de consistencia similar.
Líquidos permitidos
Únicamente está permitido llevar líquidos en el equipaje de mano en los siguientes casos:
Líquidos en envases individuales de capacidad no superior a 100 ml. contenidos a su vez en una bolsa de plástico transparente con sistema de apertura/cierre y de capacidad no superior a 1 litro (bolsa de aproximadamente 20 x 20 cm.). Sólo se puede transportar una bolsa por pasajero, incluidos niños.
Los contenidos de esta bolsa deberán caber cómodamente y la bolsa con dichos contenidos deberá poder cerrarse completamente.
Los pasajeros deberán proveerse de dichas bolsas antes del inicio de su viaje. Pueden adquirirlas en cualquier centro comercial, siempre que cumplan con los requisitos establecidos, o en las tiendas de algunos aeropuertos.
Líquidos que deban ser utilizados durante el viaje* bien por necesidades médicas o por necesidad de dietas especiales, incluyendo la comida de los niños.
Se recomienda que, en la medida de lo posible, el pasajero lleve consigo la receta médica o justificación de su condición particular.
* Viaje = vuelo de ida estancia vuelo de vuelta.
Líquidos (bebidas, cosmética, perfumes, etc.) comprados en las tiendas del aeropuerto o en una aeronave de cualquier compañía aérea, y que vengan empaquetados en bolsas de seguridad homologadas y precintadas, dentro de las cuales figure el recibo de compra en el aeropuerto o a bordo de la aeronave. No abra las bolsas de seguridad hasta su destino final.
El personal de los establecimientos comerciales y de la tripulación ofrecerá al pasajero toda la información necesaria sobre el transporte de los líquidos adquiridos.
Inspección de líquidos
Los líquidos permitidos mencionados en los puntos anteriores podrán ser sometidos a inspección con equipos especiales para la inspección de líquidos. Si vas a viajar con alguno de estos líquidos en tu equipaje de mano, deberás sacarlos de éste, colocarlos en la bandeja proporcionada al efecto y presentar dichos líquidos en el control de seguridad para su inspección separada del resto del equipaje de mano. Deberás presentar:
Todos los líquidos en envases individuales de capacidad no superior a 100 mililitros o equivalente, introducidos en una bolsa de plástico transparente con sistema de cierre, de capacidad no superior a 1 litro, en la que quepan con holgura estando la bolsa cerrada.
Todos los demás líquidos, incluidos los que estén empaquetados en las bolsas de seguridad. Cuando, por motivo de la inspección, el personal de seguridad abra estas bolsas, los líquidos serán empaquetados en una nueva bolsa de seguridad proporcionada por el aeropuerto.
El personal de seguridad podrá requerir la apertura de los recipientes que contengan líquidos para realizar la inspección.
No se permitirá acceder a la zona restringida del aeropuerto ni a la cabina de las aeronaves con líquidos que no superen la inspección o con aquellos que el pasajero no permita que sean inspeccionados.
Las restricciones relativas al transporte de líquidos al que se refiere este apartado no afectan al equipaje facturado.
Con relación a los líquidos comprados una vez superado el filtro de seguridad o a bordo de la aeronave, el personal de los establecimientos comerciales y de la tripulación te ofrecerá toda la información necesaria para su transporte.