08/10/2016
REQUISITOS PARA VISADO DE TURISTA A ESPANA DESDE BOLIVIA
Requisitos de visa Turista para viajar a españa
A PEDIDO DE NUESTROS CLIENTES INFORMAMOS DE LAS CONDICIONES Y REQUISITOS NECESARIOS PARA TRAMITAR EL VISADO DE TURISTA A ESPAÑA Y COMUNIDAD EUROPEA.
Si necesitan mas información os dejamos el enlace a la pagina oficial del Consulado de España en Sta Cruz.
Consulado de España en Santa Cruz de la Sierra
Visado de turista. Consulado de España en Santa Cruz de la Sierra
VISADOS DE CORTA DURACIÓN. SOLICITUD DE VISADO DE TURISTA EN EL CONSULADO DE ESPAÑA EN SANTA CRUZ DE LA SIERRA (BOLIVIA). REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO
Visado de turista. Consulado de España en Santa Cruz de la Sierra.- El Consulado General de España en Santa Cruz de la Sierra, para la tramitación de Visados Schengen, representa en su demarcación consular a: Austria, Bélgica, España, Francia, Grecia, Hungría, Países Bajos, Portugal y Suiza. Para otros destinos consulte a la Embajada o Consulado correspondiente.
En caso de visitar dos o más países del Espacio Schengen, asegúrese de solicitarlo en el Consulado del país que sea el destino principal de la visita (por duración o finalidad del viaje). Si no puede determinarse un destino principal, el país por cuya frontera ingrese.
El visado Schengen permite una estancia máxima de 90 días por semestre.
Los visados Schengen no se pueden solicitar con una antelación superior a 3 meses antes del inicio del viaje.
Requisitos
1.- Formulario de solicitud de visado Schengen que podrá descargarse gratuitamente en nuestra página Web, debidamente rellenado, con letras mayúsculas y firmado.
2.- El formulario deberá llevar pegada en la parte superior derecha una fotografía reciente en color, del rostro del solicitante, tamaño 3×4 cm, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente y sin gafas o cualquier otro tipo de prenda que impida la identificación de la persona.
3.- Pasaporte con una vigencia mínima de 90 días posteriores a la fecha de finalización del viaje y un mínimo de tres páginas libres, y fotocopias de la página de identificación y de todas aquellas donde aparezcan sellos y/o visados anteriores.
4.- Reserva del pasaje aéreo de ida y vuelta (original y copia).
5.- Justificación del alojamiento:
Reservas del hotel o del tour por el tiempo total del viaje (original y copia) ó
Carta de invitación. El particular, residente en España, que pretenda obtener una carta de invitación a favor de un extranjero deberá dirigir la solicitud a la comisaría de Policía de su lugar de residencia, único organismo competente para su tramitación y expedición (original y copia).
Importante: de acuerdo a la normativa vigente en materia de visados, la carta de invitación solo tiene valor de justificante de alojamiento y no serán válidas como justificante de alojamiento las actas realizadas ante notario o cartas personales.
6.- Justificante de disponer de seguro médico internacional válido para todos los Estados miembros del Espacio Schengen, debe incluir todo el periodo de estancia previsto (original y copia).
La cobertura mínima, que deberá constar expresamente en el documento, además de las fechas de vigencia del mismo, es la siguiente:
Para asistencia por enfermedad…………………. 30.000 euros
Para asistencia por accidente…………………….. 30.000 euros
Repatriación sanitaria y funeraria……………… 30.000 euros
(No serán válidos los seguros con franquicia, independientemente del valor asegurado).
7.- Justificantes de los recursos económicos propios. Si el solicitante es dependiente económicamente, la documentación será la de los padres, cónyuge o hijos; adjuntando carta simple de éstos, indicando la dependencia. Se deberá aportar partida de nacimiento o de matrimonio, según el caso. A continuación se detalla algunos de los justificantes de recursos que se pueden presentar, dependiendo de las circunstancias específicas de cada solicitante.
Certificado y extractos bancarios d elos últimos seis meses.
Resumen de aportaciones a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP´s).
En caso de que la estancia sea a cuenta de una organización social o empresarial:
Carta de presentación de la empresa u organización indicando la finalidad y las condiciones de la estancia, así como los gastos que cubrirá relacionados con el viaje, la estancia del interesado y demás circunstancias relevantes.
Certificado y extractos bancarios de los últimos seis meses de dicha empresa u organización.
Carta de la empresa española o del país Schengen con la que se reunirá, en su caso.
Cualquier justificante/documento, que el solicitante estime oportuno, de transcendencia económica que justifique la finalidad o condiciones de la estancia.
En caso de solicitantes menores de edad (menores de 18 años), deberá aportarse:
8.- Certificado literal de nacimiento (es la fotocopia del libro del SERECI, no el certificado computarizado) del solicitante, con una antigüedad máxima de tres meses (original y copia). El documento debe presentarse legalizado por la vía diplomática).
9.- Autorización de viaje al exterior emitida por el Poder Judicial de la Nación y firmada por el Juez del Menor (original y copia).
10.- Según el caso, se deberá aportar:
Si presentan la solicitud ambos progenitores, original y fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte de ambos progenitores, que comparecerán en el Consulado.
Si la presenta un progenitor, original y fotocopia de la cedula de identidad o pasaporte del progenitor que presenta la solicitud de visado. Según el caso, copia del documento de identidad español del otro progenitor o sentencia judicial actualizada que pruebe ser el único titular de la patria potestad o poder notarial otorgado por el otro progenitor o certificado de defunción del otro progenitor (estos documentos deben presentarse legalizados por la vía diplomática, en su caso).
En caso de no ser un progenitor quien presenta la solicitud, documentos judiciales o notariales (legalizados por vía diplomática) que le otorga la representación para solicitar este tipo de visados. Los poderes notariales deberán tener una antigüedad no superior a tres meses o deberán ir acompañados de acta de no revocación emitida por la misma autoridad que otorgó el poder, más original y fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte del representante.
La tasa correspondiente al visado, se abonará en Bolivianos, en efecto y, en lo posible, con el importe exacto, conjuntamente con la presentación de la solicitud, en la caja de este Consulado.
El precio actualizado de este trámite se encuentra en el Tablón de Anuncios del Consulado.
IMPORTANTE: toda la documentación entregada para la solicitud de visado debe permanecer en el expediente y no será devuelta. Haga copia de los documentos que vaya a necesitar.
Más información en el Consulado de España en Santa Cruz de la Sierra