23/06/2022
¿Si tengo un trabajador con Contrato a Plazo, y este presenta una licencia médica que supera el plazo del contrato, puedo no renovarle? ¿qué pasa si vuelve a presentar una licencia ya expirado su contrato?
En relación a lo anterior, podemos informar en primer lugar que, cuando las partes han suscrito un contrato de trabajo a plazo fijo éste terminará al vencimiento del plazo fijado, independientemente si el trabajador se encuentra gozando de licencia médica. En efecto, el goce de licencia médica sólo impide al empleador poner término al contrato por la causal de necesidades de la empresa, esto es, por aplicación del artículo 161 del Código del Trabajo.
Ahora bien, si llegada la fecha de término del contrato las partes no lo renuevan, y el empleador decide poner término al contrato por la causal del artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo, vale decir, por vencimiento del plazo convenido, debe comunicar tal circunstancia al dependiente, dentro de los tres días hábiles siguientes al de la separación del trabajador, comunicación que debe entregarse personalmente o por correo certificado con copia a la Inspección del trabajo, conteniendo la información que se señala en el artículo 162 del referido Código.
La Dirección del Trabajo ha establecido en dictamen 8282/0428 de 27.11.86, que la circunstancia de que un dependiente afecto a un contrato a plazo fijo se encuentre acogido a licencia médica al momento del vencimiento del plazo convenido, no produce la prórroga del mismo.
De esta forma, y como lo señala tal pronunciamiento jurídico, en aquellos casos en que se ha suscrito un contrato de plazo fijo, aun cuando el dependiente se encuentre acogido a licencia médica, el empleador se encuentra facultado para exonerarlo utilizando como fundamento la causal prevista en el artículo 159 Nº 4 del Código del Trabajo, esto es, el vencimiento del plazo convenido en el contrato.
Por último, si el trabajador presenta una segunda licencia, el empleador no estará obligado a tramitarla, toda vez que, no existirá relación laboral vigente.