08/01/2024
|| Tras el decreto presidencial, se restringe la libertad de tránsito por 60 días, habrá toque de queda desde las 23H00 hasta las 05H00 a nivel nacional. Señalar que el ministerio de Gobierno podrá autorizar la realización de actividades como eventos públicos, actividades turísticas y similares donde no exista riesgo de violencia. Sin perjuicio de lo expuesto se exceptúan de la restricción los siguientes sectores:
-Servicios de salud.
-Seguridad y fuerza pública
-Servicios públicos de la presidencia.
-Servidores públicos de entidades públicas que acrediten que deben desplazarse para asegurar la continuidad de los servicios públicos.
-Personas que forman parte de una cadena logística.
-Personas con vuelos programados.
-Abogados que acrediten la necesidad de acudir a una diligencia judicial.
-Trabajadores de los medios de comunicación.
-Trabajadores de los sectores estratégicos.
-Personas que en el ejercicio de sus actividades económicas abastezcan una cadena productiva.