02/07/2023
SOLICITUD DE CIUDADANIA GRIEGA
De acuerdo con la Ley 3284 de 2004 de Ciudadanía Griega, el Ministerio del Interior de Grecia es el encargado de aceptar o denegar las solicitudes de ciudadanía griega de cualquier ciudadano/a cuyos antepasados sean o hayan sido griegos, siempre que puedan demostrar su helenismo, y siempre que puedan demostrar el grado de consanguinidad por medio de la presentación indispensable de los documentos requeridos.
Los requisitos de postulación a ciudadanía griega, indicados en orden de importancia, son:
A. CONCIENCIA HELÉNICA
Es importante que el solicitante demuestre conocimientos sobre historia, geografía, literatura, economía, cultura, tradiciones etc. de Grecia. Ideal sería tener nociones del idioma griego.
Estos conocimientos serán evaluados por el Cónsul (ver apartado C), por lo que se recomienda dedicar un tiempo para acercarse al helenismo y lograr una evaluación exitosa que pueda ser mejor considerada por el Ministerio del Interior de Grecia y así tener mayores posibilidades de que la solicitud de ciudadanía griega sea aceptada.
B. DOCUMENTOS:
1. Documento Griego del antepasado: Es indispensable contar con un documento (ya sea pasaporte griego, inscripción ante alguna Municipalidad en Grecia o en el Registro Civil) emitido por autoridades griegas en Grecia (no en el extranjero) del antepasado griego.
Este documento debe ser presentado en su versión original debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del pais donde vive.
La vigencia de la Inscripción Municipal es de seis (6) meses a partir de su expedición.
2. Fotocopia del pasaporte vigente del solicitante.
3. Certificado de Nacimiento del solicitante.
4. Certificado de Antecedentes Penales del solicitante.
5. Copia de las Partidas de Matrimonio de su familia, desde su antepasado griego hasta su generación, a fin de demostrar su parentesco.
En caso de que los padres no hayan contraído matrimonio, se debe realizar ante una Notaría una Declaración Jurada por parte de la madre –en presencia de dos testigos- donde indique que “era soltera al momento del nacimiento del solicitante”.
6. Formulario de Solicitud de Ciudadanía, debidamente diligenciado en griego.
7. Declaración de Solicitud de Ciudadanía, debidamente diligenciada en griego.
8. Dos fotos tamaño pasaporte.
9. Si el solicitante ha participado en las actividades de difusión de la cultura, cocina, baile, celebraciones de Días Nacionales de Grecia etc. organizadas por la Comunidad Helénica del país, debe acreditarlo mediante carta firmada y timbrada por el Presidente de la Comunidad Helénica.
Importante:
Los documentos de los puntos 2, 3, 4 y 5:
Tienen una vigencia de máximo seis (6) meses a partir de la fecha de su emisión.
Los documentos presentados con una fecha de emisión superior a seis (6) meses no serán aceptados.
Deben ser legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. La legalización de los documentos deberá ser autenticada en la Oficina Consular de la Embajada de Grecia en su país.
Deben ser oficialmente traducidos al griego.
El Ministerio del Interior de Grecia acepta de manera exclusiva las traducciones realizadas por un abogado/a con sello de traductor en Grecia o por el Servicio de Traducción Oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Grecia.
C. EVALUACIÓN:
El solicitante será evaluado por el Cónsul en una entrevista presencial, en donde demostrará su conciencia griega y conocimientos sobre el país. La Evaluación es fundamental y resulta determinante en el estudio de solicitud de ciudadanía que realiza el Ministerio del Interior de Grecia.
Valga mencionar que el Ministerio del Interior se reserva el derecho de solicitar, por medio de nuestra Embajada, documentación complementaria durante el estudio de la solicitud de ciudadanía.