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28/06/2022

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NINGÚN SER HUMANO ES ILEGAL ¡¡COMPARTE¡Protegidos por la Constitución¿En el caso que la policía, el FBI o los agentes de...
09/05/2018

NINGÚN SER HUMANO ES ILEGAL ¡¡

COMPARTE¡

Protegidos por la Constitución

¿En el caso que la policía, el FBI o los agentes del DHS se ponen en contacto conmigo, tengo que responder a las preguntas que me hagan los agentes?

Constitucionalmente usted tiene derecho a no contestar las preguntas. El negarse a responder a las preguntas no constituye un delito. Se recomienda hablar con un abogado antes de acceder a responder cualquier pregunta. No está obligado a hablar con nadie aunque haya sido arrestado o incluso si se encuentra en prisión. Sólo un juez le puede ordenar que conteste preguntas.

¿Puedo hablar con un abogado?

Tiene derecho a hablar con un abogado antes de responder cualquier pregunta ya sea que la policía le haya informado o no sobre dicho derecho. La tarea del abogado es proteger sus derechos. Una vez que expresa su deseo de hablar con un abogado, los funcionarios deberían dejar de hacerle preguntas. Aunque no tenga un abogado, le puede decir al funcionario que desea hablar con un abogado antes de responder cualquier pregunta. Si tiene un abogado, lleve siempre su tarjeta consigo. Muéstresela al funcionario y solicite llamar a su abogado. Recuerde obtener el nombre, el organismo al que pertenece y el número de teléfono de cualquier investigador que lo visite, y comuníquele dicha información a su abogado.

¿Los agentes pueden registrar mi vivienda u oficina?

La policía u otros agentes encargados del cumplimiento de la ley no pueden registrar su vivienda a menos que usted lo permita, o a menos que tengan una orden de allanamiento. Una orden de allanamiento es una orden judicial que permite que la policía realice una búsqueda específica. Interferir con el allanamiento probablemente no interrumpirá la realización del mismo y podrían arrestarlo. Sin embargo, debe expresar claramente que usted no prestó su consentimiento y que el allanamiento se realiza en contra de su voluntad. Legalmente, su compañero de habitación o huésped puede dar su consentimiento para que se lleve a cabo un allanamiento si la policía considera que dicha persona cuenta con la autoridad para hacerlo. La policía y los agentes encargados del cumplimiento de la ley necesitan una orden para registrar una oficina, pero su empleador puede acceder a que se realice el allanamiento de su puesto de trabajo sin su permiso.

Orden de allanamiento

¿Qué hago si los agentes tienen una orden de allanamiento?

Si usted se encuentra presente cuando los agentes llegan para realizar el allanamiento, puede solicitar que le muestren la orden. La orden debe especificar detalladamente los lugares que se registrarán y las personas o cosas que se pueden llevar. Llame a su abogado tan pronto como le sea posible. Pregunte si le permiten observar el allanamiento; si se lo permiten, debería hacerlo. Tome nota de los nombres, los números de placas, a qué organismo pertenece cada funcionario, los lugares donde registraron y lo que se llevaron. Si se encuentran presentes otras personas, pídales que actúen como testigos para que observen cuidadosamente lo que está sucediendo.

¿Tengo que responder a las preguntas si la policía tiene una
orden de allanamiento?

No. La existencia de una orden de allanamiento no implica que usted deba contestar preguntas.

¿Qué hago si los agentes no tienen una orden de allanamiento?

Usted no está obligado a permitir que la policía registre su vivienda, ni tiene que responder sus preguntas. La policía no puede obtener una orden basándose en su negativa.

¿Qué hago si los agentes no tienen una orden de allanamiento pero insisten en registrar mi vivienda incluso después de que me opongo?

No interfiera con el allanamiento. Si hay alguna persona con usted, pídale que sea testigo de que usted no está prestando su consentimiento para que se realice el allanamiento. Llame a su abogado tan pronto como le sea posible. Tome nota de los nombres y los números de placas de los funcionarios que realicen el allanamiento.

¿Qué sucede si de todos modos hablo con los agentes de gobierno?

Todo lo que les diga a los agentes encargados del cumplimiento de la ley puede ser usado en su contra y en contra de otras personas. Recuerde que mentir a un funcionario del gobierno constituye un delito. Guardar silencio hasta que consulte a un abogado no lo es. Aunque haya contestado algunas preguntas, puede negarse a seguir respondiendo hasta que tenga un abogado.

¿Qué hago si la policía me detiene en la calle?

Pregunte si puede irse. Si le dicen que sí, váyase. Si la policía le dice que no está arrestado pero que no puede irse, usted está siendo detenido. La policía puede registrar su vestimenta por afuera si cree que hay algún motivo para sospechar que usted está armado y es peligroso. Si desean seguir registrándolo más allá del exterior de la vestimenta, diga claramente: “No permito que me registren”. De todos modos, es posible que continúen registrándolo. No es necesario que responda a ninguna pregunta si lo detienen o arrestan con una excepción importante. El oficial de policía puede preguntarle su nombre después que lo hayan detenido y, en algunos estados, lo pueden arrestar si se niega a responder.

Detenido en el carro

¿Qué hago si la policía me detiene en mi automóvil?

Mantenga las manos donde el oficial de policía pueda verlas. No está obligado a permitir que lo registren. Pero si la policía considera que existe causa probable, puede registrar su automóvil sin su consentimiento. Los oficiales pueden separar a los pasajeros de los conductores para interrogarlos en privado y comparar sus respuestas pero nadie tiene que contestar preguntas.

¿Qué hago si la policía o el FBI me amenazan con obtener una

citación judicial si no respondo a sus preguntas?
Una citación judicial es una orden por escrito para que usted se presente a un tribunal y haga una declaración acerca de información que pudiera tener. Si la policía o el FBI lo amenazan con obtener una citación judicial, usted debe llamar a un abogado inmediatamente. En general todo lo que usted diga puede ser usado en su contra.

¿Tengo que contestar preguntas si me han arrestado?

No. Si lo arrestan, usted no está obligado a prestar declaración ni a responder a pregunta alguna. Solicite un abogado inmediatamente. Siempre debe consultar con un abogado antes de decidir responder a alguna pregunta.

¿Qué hago si la policía o el FBI me trata mal?

Tome nota del número de placa del oficial o agente, el nombre, u otra información de identificación. Usted tiene derecho a solicitarle esta información al oficial o agente. Trate de encontrar testigos y anote sus nombres y números de teléfono. Si resulta lesionado, solicite atención médica y tome fotografías de las lesiones tan pronto como le sea posible. Llame a un abogado o contacte a la oficina local de
ACLU.

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03/05/2018

Forma parte de VISAS UNIÓN y trabaja con nosotros, escríbenos y descubre como puedes formar parte de nuestro grupo desde la comodidad de tu casa y en tus ratos libres tu administras tu tiempo.

23/04/2018
Costos del pasaporte Mexicano$1,205.00 mxn Monto de derechos 2018 para la expedición de pasaporte con vigencia de 3 años...
21/04/2018

Costos del pasaporte Mexicano

$1,205.00 mxn Monto de derechos 2018 para la expedición de pasaporte con vigencia de 3 años

$1,660.00 mxn Monto de derechos 2018 para la expedición de pasaporte con vigencia de 6 años

$2,550.00 mxn Monto de derechos 2018 para la expedición de pasaporte con vigencia de 10 años

$605.00 mxn Monto de derechos 2018 con beneficio del 50% para la expedición de pasaporte con vigencia de 3 años

$830.00 mxn Monto de derechos 2018 con beneficio del 50% para la expedición de pasaporte con vigencia de 6 años

$1,275.00 mxn Monto de derechos 2018 con beneficio del 50% para la expedición de pasaporte con vigencia de 10 años

Tu pasaporte es el primer paso YA LO TIENES?tramitar tu pasaporte?Conoce los 4 pasos para tramitar tu pasaporte.Ilustrac...
21/04/2018

Tu pasaporte es el primer paso YA LO TIENES?

tramitar tu pasaporte?

Conoce los 4 pasos para tramitar tu pasaporte.
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Para programar tu cita para tramitar tu pasaporte llama al teléfono

01 800 80 10 773.


Una vez programada la cita, el tiempo promedio de espera para ser atendido será de hasta cinco días en la Ciudad de México y Área Metropolitana, y de nueve días a nivel nacional.

Los 4 pasos para tramitar tu pasaporte son:

1-Conoce qué necesitas para tramitar tu pasaporte ordinario por primera vez escríbenos a Visas Union
2-Llama al 01 800 80 10 773 y programa tu cita por teléfono.
3-Realiza el pago en ventanilla bancaria o por medio de tu banca electrónica.
4-Acude a tu cita en la delegación. En la delegación te entregarán tu pasaporte el día de la cita, siempre y cuando presentes los documentos completos.

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21/04/2018

Se estima que 11.1 millones de Mexicanos radican en Estados Unidos de manera ilegal dentro de todos ellos existen personas que tienen asta 10 años o mas sin ver a sus familiares entre ellos sus Padres, para Visas Union lo mas importante es ayudar a que ellos puedan viajar nosotros brindamos asesoría personalizada y nos encargamos de todos los tramites no dudes en contactarnos estamos para servirte!

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21/04/2018

TE NEGARON LA VISA A TI O A UN FAMILIAR?
INFÓRMATE!
Conoce los tipos de negaciones existentes y revisa si eres candidato para volverla a tramitar, la mayoría de las negaciones son el resultado de una mala asesoría por parte de las agencias encargadas del proceso CONTACTANOS! y con gusto revisamos tu situación y responderemos todas tus dudas sin ningún compromiso ni costo

TE RECHAZARON ? O estás próximo a solicitar la visa para viajar a los Estados Unidos conoce cuales y porque se dan los r...
20/04/2018

TE RECHAZARON ? O estás próximo a solicitar la visa para viajar a los Estados Unidos conoce cuales y porque se dan los rechazos más comunes para recibir el documento que han enfrentado los mexicanos

Esto se desprende de información del Consulado de los Estados Unidos en México.

Durante la entrevista, si el cónsul decide negar una visa, entregará una carta al solicitante que explica el motivo. Éstos son los más recurrentes en el país:

1.- Código 214 (b). El solicitante no califica para una visa porque no posee un trabajo estable, buena educación o no lleva una vida estable en su país de residencia.

Estos requerimientos incluyen tener residencia permanente en México; demostrar que el propósito del viaje es por placer, negocios o tratamiento médico; trabajar solamente para el patrón que lo solicite, y regresar a México una vez que la visa expire.

En las papeletas marcadas con este código se lee la siguiente leyenda:

"Otros aspectos que se consideran son: Tener un trabajo estable y una buena educación. Lamentablemente, usted no lo demostró durante la entrevista".

Los capitalinos rechazados por este motivo deben presentar una nueva solicitud, hacer el pago nuevamente y proporcionar información sobre el cambio de las circunstancias desde la solicitud inicial.

2.- Código 221 (g) I. Al oficial consular no se le proporcionó toda la información o documentos necesarios para finalizar el proceso de solicitud. En este caso, el solicitante no tendrá que volver a hacer el pago de la solicitud de la visa.

3.- Código 221 (g) II. En ocasiones las solicitudes requieren un proceso administrativo adicional (revisión de huellas o examen médico). En estos casos sólo se demora la adjudicación de la visa, la cual se entregará una vez que se cumplan los requisitos especiales solicitados.

Preguntas clave antes de una segunda oportunidad

Para hacerle frente a una visa denegada, el gobierno americano recomienda a través de su sitio web que los solicitantes verifiquen sobre los motivos por los que les fue negada la visa y se cuestionen lo siguiente:

1.- ¿Expliqué mi situación con precisión?

2.- ¿El cónsul pasó por alto algún detalle?

3.- ¿Hay información adicional que pueda presentar para establecer fuertes lazos en mi país de residencia?

Estas son las cinco preguntas “más difíciles” que hacen durante la entrevista, que en realidad son sencillas, pero que d...
16/04/2018

Estas son las cinco preguntas “más difíciles” que hacen durante la entrevista, que en realidad son sencillas, pero que deben responderse con mucha precisión.

1.- ¿Cuáles son las intenciones de su viaje? Al tratarse de una visa turística debe explicar que el propósito ir de vacaciones. Si se responde que es para otros fines –por ejemplo trabajar o estudiar-le negarán el visado.

2.- ¿Con quién viaja? Parece una pregunta simple, pero decir que se viaja sin compañía puede resultar extraño y sospechoso para los cónsules; es necesario demostrar que el viaje es de vacaciones y que se viajará acompañado por amigos o familiares.

3.- ¿Cuánto gana? Esta pregunta pone nerviosa a muchas personas pues consideran que sus ingresos no serán suficientes para acceder a la visa; sin embargo se puede comentar que alguien más apoyará con los gastos del viaje.

Por ejemplo mucha gente tiene familiares en Estados Unidos que ayudan con hospedaje o gastos para los mismos; el punto es demostrar que se tienen las condiciones para viajar y regresar.

4.- ¿Quién pagará su viaje? Si se carecen de ingresos o alguien más cubrirá los gastos de la visita a Estados Unidos es necesario explicar esto al cónsul –esta situación previamente se informa en la solicitud- así que sólo hay que enfatizar en ello.

5.- ¿A dónde viajará? Decir que no se sabe o aún no lo determina es contradictorio pues se supondría que la visa está siendo solicitada para planes concretos. Además el cónsul podría tomar con sospechas esta situación.

Propósito de viaje a los Estados Unidos y visas para                no-inmigrantes Tipo de Visa Requerimientos: Antes de...
16/04/2018

Propósito de viaje a los Estados Unidos y visas para no-inmigrantes Tipo de Visa Requerimientos: Antes de aplicar para una visa por otros departamentos*

Atletas, amateur & profesionales (compiten solo por premios monetarios) B-1

(visitante de intercambio) J

Especialidad profesional australiana E-3

Tarjeta de cruce de frontera: México BCC

Visitantes por negocios B-1

Miembros de tripulación D

Diplomáticos y oficiales de gobiernos extranjeros A

Empleados domésticos o niñera que debe acompañar a un
empleador extranjero B-1

Empleados de una organización internacional, y OTAN G1-G5,
Visitantes de intercambio J

Personal militar extranjero estacionado en los Estados Unidos A-2

Extranjeros con habilidades extraordinarias en Ciencias, Artes, Educación, Negocios o Deportes O

Profesionales de un tratado de libre comercio (TLC): Chile, Singapur H-1B1

Visitantes internacionalmente culturales de intercambio Q

Empleados transferidos entre compañías L

Visitantes por tratamiento médico B-2

Periodistas I

Trabajadores profesionales de NAFTA: México, Canadá TN/TD

Enfermeras que vengan a áreas con escasez de salud profesional H1-C

Atletas, artistas o animadores que se vayan a presentar P

Médico J , H-1B

Profesor, maestro (visitante de intercambio) J

Trabajadores religiosos R

Ocupaciones especializadas que requieren conocimientos especializados H-1B

Estudiantes: académicos, vocacionales F, M

Agricultores temporales H-2A

Trabajadores temporales llevando a cabo un trabajo por temporada H-2B

Visitantes por turismo, placer o vacaciones B2

Entrenándose en un programa no principalmente para obtener empleo H-3

Comerciantes o inversionistas en tratados E

Transitando los Estados Unidos C

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Providencia De Pérez Cerro Blanco
Irapuato
36845

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