01/08/2016
HOLA AMIGOS AQUI ALGUNAS CUESTIONES REFERENTES A AL ACUERDO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 25/02/2016.
Donde se establecen las categorías de la licencia federal de conductor, atendiendo al tipo de vehículo y clase de servicio que presta, así como los requisitos para su obtención.
queda de la siguiente manera:
Categoría A.- Autoriza a conducir vehículos destinados para la prestación del servicio de Autotransporte Federal de Pasajeros y Turismo y para transporte Privado de personas.
Categoría B.- Autoriza a conducir vehículos destinados para la prestación del servicio de Autotransporte Federal de Carga y para el transporte privado de carga en sus diferentes modalidades EXCEPTO LOS DOBLEMENTE ARTICULADOS, así como los que transportan materiales, remanentes, desechos y residuos peligrosos.
Categoría C.- Autoriza a conducir vehículos de dos o tres ejes (TORTON O RABON) destinados para la prestación del servicio de Autotransporte Federal de carga en sus distintas modalidades.
Categoría D.- Autoriza a conducir vehículos destinados para la prestación del servicio de Autotransporte Federal de Turismo en su modalidad de Chófer Guía.
Categoría E.- Autoriza a conducir:
a).- Tractocamiones DOBLEMENTE ARTICULADOS (TSR y TSS) en todas sus variantes, destinados para la prestación del servicio de Autotransporte Federal de Carga General y para el transporte privado de carga en general; y/o
b).- Vehículos destinados para la prestación de servicio de carga especializada que transporta materiales, remanentes, desechos y residuos peligrosos, y para el transporte privado de los mismos.
Categoría F.- Autoriza a conducir vehículos destinados para la prestación del servicio de Autotransporte Federal de pasajeros de o hacia Puertos Marítimos y Aeropuertos Federales.
COMO PUEDEN VER LOS COMPAÑEROS QUE OPEREN UN TRACTOCAMION DOBLEMENTE ARTICULADO TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE CONTAR CON LA LICENCIA TIPO "E" CON LA ESPECIFICACIÓN QUE ESTÁN CAPACITADOS PARA ESTOS VEHÍCULOS.
SI TIENEN DUDAS ESTAMOS PARA SERVIRLES.