26/08/2021
En Mexico tenemos el articulo 10 de nuestra Carta Magna, la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos y dice asi:
" ...... Artículo 10.- Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva. ...."
En nuestro vecino del norte, Los Estados Unidos de America, tienen la Segunda Enmienda, que seria algo muy parecido a un articulo 2 de su propia version de Constitucion, y dice asi:
"... Siendo necesaria una milicia bien organizada para la seguridad de un Estado libre, el derecho del Pueblo a poseer y portar armas no será infringido. ..."