13/10/2024
Si tienes un hijo en edad escolar y su viaje de promoción al extranjero está próximo, la Superintendencia Nacional de Migraciones, te recuerda que debes tramitar con anticipación su autorización para que pueda salir del país sin inconvenientes.
De esta manera, evitarás contratiempos en los puestos de control, en los que por seguridad de los menores de edad se verifica que cuenten con el respectivo permiso para viajar al exterior, así como la autenticidad del mismo. De incumplir con dicho requisito el menor no podrá salir fuera de Perú.
Tipos de permisos
Si el niño, niña o adolescente viaja solo, o acompañado por un adulto que no es alguno de sus padres o apoderado, requiere la autorización notarial firmada por sus dos progenitores. En caso el menor viaje con solo con uno de sus padres, la autorización tiene que otorgarla el progenitor ausente.
Es importante tener en cuenta que, la autorización notarial de viaje tiene una vigencia de 90 días desde su emisión, y puede ser usada solo una vez. Es obligatorio que la autorización contemple los siguientes detalles:
· Ciudad de salida y de destino, y fecha de salida y retorno.
· Datos de la persona que otorga el permiso.
· Datos de la persona responsable del menor durante el viaje y estadía fuera del territorio nacional, datos de la aerolínea o medio de transporte que se usará para salir del país.
· Número de Documento Nacional de Identidad (DNI) del menor de edad peruano o del documento que identifique al menor extranjero, según la calidad migratoria con la que cuente.
· En caso de contar con un poder inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), los datos de la partida registral.
Respecto a los casos donde el menor viaje acompañado de uno de sus padres, ante el fallecimiento del otro, se deberá presentar al puesto de control migratorio o fronterizo con la partida de defunción, además del acta de nacimiento del menor.
En caso el niño, niña y adolescente, sea reconocido solo por uno de sus progenitores, la autorización notarial debe ser otorgada por quién efectuó el reconocimiento y tendrá vigencia indeterminada, salvo que esta sea revocada.
Asimismo, el Poder Judicial a través de los Juzgados de Familia también puede emitir el permiso de viaje para menores de edad cuando no haya acuerdo entre los padres o en caso uno de los ellos se encuentre ausente o desaparecido, entre otras situaciones.
En tanto, si uno o ambos padres se encuentran en el extranjero, se debe tramitar una Autorización de Viaje Consular en el consulado peruano de dicho país, la misma que será enviada a Perú para legalizarse en Cancillería, y con esta autorización consular el menor podrá viajar sin inconvenientes.
DATO:
Migraciones recomienda a los viajeros a asistir con tres horas de anticipación a su vuelo internacional para evitar inconvenientes.