08/03/2022
📖La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó una resolución en la que se establecen las “reglas para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales”.
🛄La flexibilización de la importación por personas naturales con carácter no comercial incluye:
✔️Definir el carácter no comercial de la importación de las misceláneas por su valor y peso y por la diversidad de los artículos a importar, y no por las cantidades físicas.
✔️Incrementar la cantidad permitida a importar de algunos artículos. Por ejemplo: celulares, computadores, tabletas, neumáticos y llantas.
✔️Incrementar el límite de importación mediante envíos de 10 kg a 20 kg.
✔️Disminuir el valor del kilogramo de importación de 20 USD a 10 USD e incrementar el exento de pago de 1.5 kg a 3 kg para los artículos a los que se aplique el valor-peso.
✔️Disminuir el 70% del pago del impuesto aduanero (actualmente es del 100%, se reduce al 30%).
⚖️En la resolución publicada en la Gaceta Oficial la autoridad aduanera admite como importación no comercial a realizar por las personas naturales aquellas que estas realizan de manera ocasional para su uso personal, familiar o del hogar, mediante equipajes, envíos, menajes u otras cargas autorizadas. El documento establece el “Listado de Valores de Referencia” para algunos de los productos que como importaciones no comerciales traen las personas naturales por cualquier vía.
👨⚖️La presente Resolución entra en vigor a partir del 15 de agosto de 2022.
Descarga la Gaceta aquí:
👇👇👇
https://www.gacetaoficial.gob.cu/es
✍️ Información tomada de Cubadebate