Categoría: E.V.T. | Legajo 4402 | Disposición 500/87
TERMINOS Y CONDICIONES:
a) SOLICITUDES Y PAGOS: 1) El precio y/o reservación de los servicios que componen el tour quedan
sujetos a modificaciones sin previo aviso cuando se produzca una alteración en los servicios, modificaciones
en los costos o en los tipo de cambio previstos por causas no imputables a las partes. 2) Todos los
importes pagados
antes de la confirmación definitiva de los servicios son percibidos en concepto de
reserva. La confirmación definitiva de los servicios y precios respectivos se producirá con la emisión de
pasajes y/o ordenes de servicios y la facturación correspondiente. 3) Las operaciones a crédito deberán
satisfacer los requisitos propios fijados para las mismas. En su defecto el interesado deberá cumplir el
pago de los saldos en los plazos y condiciones establecidos en la contratación. b) LOS PRECIOS INCLUYEN: alojamiento en los hoteles mencionados en los itinerarios u otros de igual o
mayor categoría, ocupando habitaciones simples, dobles, triples, etc., según tarifa elegida , con baño
privado e impuestos. Régimen de comidas según se indique en cada oportunidad. Traslados hasta y desde aeropuerto, terminales y hoteles, cuando se indique. La
cantidad prevista de días de alojamiento, teniendo en cuenta que el día de alojamiento hotelero se
computa desde las quince horas y finaliza a las doce horas del día siguiente independientemente de la
hora de llegada y de salida y de la utilización completa o fraccionada del mismo. La duración del tour
será indicada en cada caso tomando como primer día, el de salida y como ultimo incluido el día de salida
del destino, independientemente del horario de salida o llegada en el primer día o en el ultimo. c) SERVICIOS Y OTROS RUBROS NO INCLUIDOS: 1) Extras, bebidas, lavado de ropa, propinas, tasa de
embarque, tasas sobre servicios; IVA y otros impuestos actuales y/o futuros, ni ningún servicio que no se
encuentre expresamente indicado en la orden de servicios emitida por el agente de viajes. 2) Estadías,
comidas y/o gastos adicionales o perjuicios producidos por las cancelaciones, demoras en la salidas o
llegadas de los medios de transporte, o por razones imprevistas ajenas a la empresa. 3) Alimentación en
ruta, excepto aquellas que tuviesen expresamente incluidas en los programas. 4) Los gastos e interés en
operaciones a crédito. d) LIMITACIONES AL DERECHO DE PERMANENCIA: la empresa se reserva el derecho de hacer que abandone
el tour en cualquier punto del mismo todo pasajero cuya conducta, modo de obrar, estado de
salud, u otras razones graves a juicio de la empresa provoque peligro o cause molestias a los restantes
viajeros o pueda malograr el éxito de la excursión o el normal desarrollo de la misma. e) DOCUMENTACION: para los viajes al exterior es necesario atender la legislación vigente en cada caso. Es responsabilidad inexcusable de la agencia informar fehacientemente y con anticipación suficiente
sobre los requisitos que exigen las autoridades migratorios, aduaneras y sanitarias de los destinos que
incluye el tour, siendo responsabilidad exclusiva del pasajero contar con la documentación personal que
exijan las autoridades mencionadas anteriormente. f) CANCELACIONES: 1) en caso de desistimiento de operaciones a crédito no tendrán reembolso los
importes abonados en concepto de informes, gastos administrativos, sellados e interés. 2) Cuando de
trate de desistimiento que afecte los servicios contratados en firme por la agencia, el reembolso de los
mismo sestara sujeto condiciones contractuales bajo las cuales presten sus servicios a las empresas
respectivas. En todos los casos de reintegro, la agencia podrá retener el precio de los gastos incurridos
más de la comisión del 10% de los servicios contratados por terceros. g) TRANSPORTE NO REGULAR O CHARTER: Rige los estipulado en el punto anterior. Sin perjuicio de ello,
en estos casos solo se reintegrara la proporción del precio correspondiente a los servicios terrestres,
hotelería, pensión, excursiones, que determine el organizador según la modalidad con que operen los
prestadores de los servicios. Para que esta clausula sea válida, deberá determinarse en el primer documento
entregado al pasajero la calidad de transporte. h) CESION Y TRANSFERENCIA: el derecho que confiere al cliente el contrato de servicios turísticos, podrá
ser cedido o transferido a otras personas hasta 30 días antes de la fecha de salida, siempre que no
oponga el o las prescripciones del transportista, del hotelero o prestador de los servicios. En los supuestos
que los pasajeros sean de distintas edades (mayores-menores), se ajustara al precio según tarifarios. En todos los casos de cesión o transferencia, la empresa podrá percibir un sobreprecio del 10% del
monto convenido. i) RESPONSABILIDAD: 1) La empresa declara expresamente que actúa en el carácter de intermediara en la
reserva o contratación de los distintos servicios vinculados o incluidos en el respectivo tour o reservación
de servicios, hoteles, restaurantes, medios de transporte, u otros prestadores. No obstante ello, las
responsabilidades de la empresa, sea determinada confirme de las disposiciones contenidas de la Convención
Internacional Relativa al contrato de Viajes aprobada por la ley N 19.918. 2) La empresa no se
responsabiliza por los hechos que se produzcan por caso fortuito o fuerza mayor, fenómenos climáticos
o hecho de la naturaleza que acontezcan antes o durante del desarrollo del tour que impidan, demoren
o del cualquier modo obstaculicen la ejecución total o parcial de las prestaciones comprometidas por la
empresa, de conformidad con lo dispuesto por el código civil. j) ALTERACIONES O MODIFICACIONES: 1) La empresa se reserva el derecho, por razones técnicas u operativas
de alterar total o parcialmente el ordenamiento diario y/o servicios que componen el tour, antes o
durante la ejecución del mismo. 2) Salvo condición expresa en contrario, los hoteles estipulados podrán
ser cambiados por otros iguales o mayor categoría dentro del mismo núcleo urbano sin cargo alguno
para el pasajero. Respecto de estas variaciones del pasajero no tendrá derecho a indemnización alguna.
3) La empresa podrá anular cualquier tour se configure algunas de las circunstancias previstas en el Art.
24 del Decreto N 2182/72. 4) Una vez comenzado el viaje, la suspensión, modificación o interrupción de
los servicios por parte del pasajero por razones personales o de cualquier índole, no dará lugar a reclamo,
reembolso o devolución alguna. k) CLAUSULA DE ARBITRAJE: toda cuestión que surja con motivo de la celebración, cumplimiento, incumplimiento,
prorroga o rescisión de presente contrato, podrá ser sometida por las partes a la resolución
del Tribunal Arbitral de la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo y/o de los Tribunales
Arbítrales que funcionen en sus Regionales. En caso de sometimiento de dicha jurisdicción, los contratantes
se sujetan y dan por aceptada todas las condiciones establecidas por la Reglamentación del
Tribunal Arbitral. i) NORMAS DE APLICACION: el presente contrato y en su caso la prestación de los servicios, se regirá
exclusivamente por las condiciones generales, por las Ley N 18.829 y su reglamentación y por la Convención
de Bruselas aprobada por la Ley n 19.918. Las presentes condiciones generales junto con la restante
documentación que se entregue a los pasajeros conformaran el contrato de Viaje que establece la citada
Convención. Action Travel S.A
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